Normas


Algunas normas extraídas de la reforma de la Ley de Tráfico.

A continuación os presentamos algunas normas de la Ley de Tráfico que recomendamos leer y tener en cuenta para este día y para cualquier otro momento, algo de culturilla general.
Recordamos que cada ciclista es responsable único de sus actos, de su conducción y de su comportamiento.
También aclarar que la reunión tiene carácter NO COMPETITIVO y que es amistosa y de carácter espontáneo. De la misma forma aclarar que Subir a Piñón se considera un concepto y no responde a ninguna entidad organizativa. Con lo cual Subir a Piñón ni sus creadores se hacen responsables de ningún accidente, lesión o incidente, antes, durante ni después de la quedada. Subir a Piñón al no considerarse entidad organizativa no se pronuncia como autor de la convocatoria, la cual corresponde a una quedada de amigos ciclistas y cuya divulgación ha sido de forma espontánea entre amigos.
Los ciclistas no pierden puntos
Al ciclista no se le pueden detraer puntos de su carné de conducir, si lo tuviera. Se han dado varios casos de policías con exceso de celo que trataron de quitar puntos del permiso de conducir a usuarios de bicicleta que habían cometido una infracción.
Esto queda ya claramente prohibido en la Guía de infracciones, que dice en uno de sus primeros apartados: “Sólo es posible detraer puntos cuando la infracción se haya cometido con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir (Anexo II de la Ley de Seguridad Vial). No cabe detraer puntos ni a ciclistas ni a peatones”.
¿Por dónde deben circular?
Las bicicletas deben circular por los mismos sitios que los otros vehículos o por el carril bici si lo hubiera. Tienen que ir en el sentido de la circulación, nunca en dirección prohibida, y respetar todas las señales que rigen para el resto de los vehículos, incluidos los semáforos.
¿Cómo deben circular en vías interurbanas?
Si no existe vía para ciclistas, hay que circular por el arcén si lo hay y si es transitable; si no lo es, utilizarán la parte imprescindible de la calzada para circular sin riesgo para sí mismos ni para otros usuarios de la vía. Es decir, circularán a la derecha para permitir adelantamientos, pero sin ceñirse tanto al borde que puedan ponerse en peligro.
¿Y en vías urbanas?
De momento, deben ir por la derecha, pero tampoco pegándose tanto que pueda haber obstáculos, coches que abran sus puertas con peligro de derribarlos o personas que irrumpan súbitamente en la vía sin tiempo para percatarse de ello.
¿Tienen obligación de señalizar sus maniobras?
Sí. Los ciclistas están obligados a indicar sus maniobras al resto de los usuarios de la vía con tiempo suficiente.
       Si van a girar a la derecha, pueden poner el brazo derecho en horizontal y la mano extendida hacia abajo o también pueden levantar la izquierda, pero con el brazo doblado hacia arriba para indicar que van a girar hacia el lado contrario.
       Si van a frenar bruscamente, tienen que indicarlo moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos.

¿Cómo han de realizar los cambios de sentido?
Si van girar a la izquierda en una vía de doble sentido donde esté permitido, deben ceñirse a la marca longitudinal de separación o mediana y si esta no existiese, al eje de la calzada, sin invadir la zona destinada a la marcha en sentido contrario.
En vías interurbanas, y si no existe un carril acondicionado para el giro a la izquierda, el ciclista debe colocarse a la derecha, fuera de la calzada siempre que sea posible, e iniciar el giro desde ese lugar.
Si no lo hace así, es una falta grave sancionada con 200 € (100 con reducción).
Adelantamientos
Los ciclistas que tengan que adelantar a un vehículo en vía interurbana deben separarse de él 1,5 m, la misma distancia que los otros vehículos deben mantener con respecto a las bicicletas.
No se considera necesaria esta separación cuando se adelantan entre ciclistas que circulan en grupo.
¿Pueden circular en paralelo?
Sí, si van en grupo pueden ir en columna de a dos, siempre que no haya un tráfico complicado o esté reducida la visibilidad.
¿Tienen prioridad de paso?
En los mismos casos que otros vehículos, según lo determinen las señales.
También tienen prioridad cuando:
       Circulan por un carril bici
       Circulan por un paso para ciclistas
       Circulan por un arcén debidamente señalizado
       Cuando un vehículo a motor va a girar a derecha o izquierda para entrar en otra vía y el ciclista esté próximo
       Cuando circulando en grupo, el primero de los ciclistas ya haya iniciado el cruce o ha entrado en una rotonda.

¿Cuándo no tienen prioridad de paso?
En los mismos casos que otros vehículos, según lo determinen las señales.
Y además deben:
       Parar en los pasos de cebra cuando haya peatones cruzando
       Parar cuando vayan a girar para entrar en otra vía y haya peatones cruzando aunque no tengan paso
       Parar cuando haya un semáforo rojo o amarillo, salvo que el ciclista se encuentre tan cerca que no pueda parar de forma segura antes del semáforo
       En los ceda el paso si vienen otros vehículos por la vía preferente
       Siempre ante un stop

¿Qué ocurre con los pasos de cebra?
La ley no es clara a este respecto. Puede deducirse que los ciclistas no tienen prioridad para cruzar por los pasos de peatones a velocidad, pero los automovilistas sí deben cederles el paso si cruzan a paso humano aunque sea montados en la bici y, por supuesto, siempre que lo hagan a pie.
¿Pueden saltarse los semáforos?
No, de ninguna manera; eso está considerado falta grave y conlleva sanción de 200 € (100 con reducción).
¿A qué velocidad pueden ir?
La velocidad máxima a la que puede circular una bici es a 45 km/h, pero siempre ha de respetar la velocidad máxima permitida en la zona en la que circule; es decir, que si pone a 20, tendrá que acatarlo como el resto de los vehículos.
No es obligatorio el cuentakilómetros, pero si un radar detecta que una bicicleta va más rápido de lo permitido, puede imponerse la misma sanción que al resto de los vehículos.
Cuando el ciclista circule por zonas donde haya aglomeraciones de gente y no pueda guardar una distancia mínima de un metro con los peatones, debe bajarse y caminar con la bici a su lado.
¿Cuándo es obligatorio usar casco?
Siempre es conveniente, pero sólo se considera obligatorio en vías interurbanas tanto para los ciclistas como para los pasajeros (niños menores de 7 años sentados en una silla homologada). Los ciclistas pueden no llevarlo en rampas ascendentes, por razones médicas acreditadas o en condiciones extremas de calor. Deben ser cascos homologados o certificados.
No cumplir esta norma es una falta grave sancionable con 200 euros (con posibilidad de reducción a la mitad).
Según la Reforma de la Ley, no llevar casco es causa de posible inmovilización y depósito del vehículo (arts. 84 y 85 Ley de Seguridad Vial).
¿Se puede usar el móvil o llevar auriculares?
No, al igual que en otros vehículos, el uso de auriculares para escuchar música, radio… y la telefonía móvil quedan totalmente prohibidos para los ciclistas. Se sanciona con multa de 200 euros (con posibilidad de reducción a 100).
Si bebes no conduzcas (ni la bici)
El Reglamento General de Circulación en su artículo 27, referido a estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas considera “muy grave” conducir una bicicleta habiendo ingerido o incorporado al organismo estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro. La tasa de alcoholemia permitida es la misma que para el resto de los conductores.
El infractor puede ser sancionado con 500 euros (posible reducción a 250 si paga a tiempo y no recurre la multa).
¿También deben soplar?
Los ciclistas no podrán negarse a someterse a las pruebas de detección de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas, igual que les ocurre a los demás conductores. Es una falta “muy grave” y se sanciona igual que la anterior, con 500 euros (posible reducción a 250 si paga a tiempo y no recurre la multa).
Para más información
http://www.elmejorsegurodecoche.es/legislacion-dgt/la-reforma-de-la-ley-de-trafico-tambien-afecta-a-los-ciclistas.htm

2 comentarios:

  1. Hola, chicos. Buscando info acerca de posibles recorridos, trayectos, cosas interesantes que ver... desde Madrid a Valladolid, os encontré. Quisiera preguntaros cuánto tiempo tardasteis aproximadamente de Colmenar a la cima de Navacerrada, más que nada para calcular dónde pasar la noche, ya que tengo pensado hacerme un recorrido que será algo así como Madrid-Segovia-Valladolid-Salamanca-Ávila-Toledo-Aranjuez-Madrid. Pero lo que más "miedo" me da, es el puerto de Navacerrada. Podría hacer un viaje más sencillo, pero me encapriché con las siete revueltas, ya que las recuerdo desde que era muy pequeño y me hace ilusión subírmelas en bici.

    ¡Muchas gracias!
    Un saludo.

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  2. Hola, chicos. Buscando info acerca de posibles recorridos, trayectos, cosas interesantes que ver... desde Madrid a Valladolid, os encontré. Quisiera preguntaros cuánto tiempo tardasteis aproximadamente de Colmenar a la cima de Navacerrada, más que nada para calcular dónde pasar la noche, ya que tengo pensado hacerme un recorrido que será algo así como Madrid-Segovia-Valladolid-Salamanca-Ávila-Toledo-Aranjuez-Madrid. Pero lo que más "miedo" me da, es el puerto de Navacerrada. Podría hacer un viaje más sencillo, pero me encapriché con las siete revueltas, ya que las recuerdo desde que era muy pequeño y me hace ilusión subírmelas en bici.

    ¡Muchas gracias!
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